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Recintos deportivos y hoteles

Desfibriladores DEA para gimnasios y hoteles.

Equipa tu recinto deportivo, gimnasio u hotel con DEA y mantenlo operativo para responder cuando cada segundo cuenta.

Ley 21.156

¿Tu recinto está obligado?

El reglamento de la Ley 21.156 incluye a los recintos deportivos y gimnasios con capacidad para 1.000 o más personas, y a los hoteles, hostales y residenciales con 20 o más habitaciones.

Referencia: reglamento de la Ley 21.156, publicado el 13 de octubre de 2020. Verifica siempre tu caso con la normativa vigente.

Evaluación de aforo, riesgo y puntos críticos del recinto
DEA con garantía de hasta 10 años
Gabinetes y señalética
Mantención y soporte posventa

Preguntas frecuentes

¿Qué recintos deportivos y hoteles deben tener un DEA?

Según el reglamento de la Ley 21.156, los recintos deportivos y gimnasios con capacidad para 1.000 o más personas, y los hoteles, hostales y residenciales con 20 o más habitaciones.

¿Qué debe cumplir el DEA instalado?

El reglamento exige que el DEA esté operativo, accesible y señalizado, y que se mantengan registros de su instalación, mantención y uso.

¿Qué incluye la solución de Cardiomedics?

Evaluamos el espacio, definimos los equipos, gabinetes y señalética, y acompañamos la continuidad con mantención y soporte posventa.

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